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Amosando publicacións coa etiqueta Prescripción. Amosar todas as publicacións
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Asamblea en Iquique

Iquique es la capital de uno de los municipios de Atacama; la zona más desértica del mundo donde dice la wikipedia que lleva 16 años sin precipitaciones dignas de tal nombre...

Así estaba hoy la asamblea del colegio de enfermería de la provincia de León; yo reconozco que es la primera vez en estos 17 años que me acerco a tal reunión así que "mea culpa" pero volvamos al asunto.

La asamblea en esta ocasión se celebró de tarde (16 h y 16:30 h) y estaba avisada desde finales de noviembre (aunque el sello de salida pone 9 de Noviembre) que nos llegó como una página completa de la revista del colegio. La fecha puede ser discutible, pero avisada con tiempo estaba.

Acudimos a dicha asamblea los 7 miembros de la directiva y 3 colegiad@s... Si, 3 colegiados nada más...

Al entrar se me pidió que me identificara y se me entregó la documentación de la sesión; como en primera convocatoria no se podía realizar la reunión se empezó en segunda con la lectura del acta señalada.
A continuación se hizo un somero repaso al presupuesto y se preguntó si existían objeciones tras la ausencia de las mismas se procedió a votarlos.

En el turno de ruegos y preguntas realicé las siguientes puntualizaciones:

1. Poner en realce la mejoría que es que se convoque la reunión por la tarde y con antelación suficiente; para mi el medio es adecuado pero se podría hacer también en la web.

2. Entiendo que, como se explicó, la documentación se podía consultar en la sede colegial a solicitud de cualquier colegiado pero en Ponferrada no la tenían... y vuelvo a indicar que se podría poner en una zona de colegiados en la web.
Dejar aquí constancia de que se me ofreció enviarme la documentación la primera vez que acudi a la sede del bierzo pero para mí no se trataba de eso sino simplemente de ganar en transparencia; creo que lo van a hacer, el tiempo dirá.

3. Tras la publicación en el BOE del RD de "prescripción enfermera" con las modificaciones que sospechabamos mi pregunta versó sobre la cobertura del seguro de asistencia jurídica respecto a las actuaciones habituales que realizan los profesionales y que ahora quedan en un terreno "oscuro" por no decir descubierto. >La cobertura de asistencia jurídica está garantizada.

4. Hago constar que no veo coherente que una organización profesional sanitaria organice eventos gastronómicos para los hijos de sus miembros en establecimientos de "comida basura". >Son los propios colegiados los que lo solicitan... Vamos que igual que hay profesionales sanitarios fumadores los hay que queremos que nuestros hijos tengan malos hábitos alimenticios (y me incluyo porque yo también los llevaba cuando tenían edad).

Así pues tras 17 años sin pasar por allí la minúscula gota de mi presencia no cambió nada... o si.

Vaya semanita... para la Enfermería, digo

Las siguientes líneas las ha escrito Juan Luis Badallo (@clickidie); presidente del colegio de enfermería de Valladolid a quien agradezco el honor de publicarlas en el blog.


https://www.dropbox.com/s/z96p6ru90ki90u3/Vaya%20semanita.pdf?dl=0
Juan Luis Badallo
No es que uno sea un gran seguidor de los B.O.E., pero tras años siguiendo su rastro he terminado por cogerles el gustillo y hasta he aprendido a leer entre líneas y apreciar los preámbulos de las órdenes y decretos.

Por eso estoy sorprendido con la tardanza en publicarse en el BOE el Real Decreto de Prescripción Enfermera. Si, ya sé que no se llama así, pero, ¿cómo resumirían ustedes eso de: “Real Decreto por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros” (sic)?. Pues eso. Les recuerdo que fue aprobado en el Consejo de Ministros del viernes 23 de octubre.

Pero a esa sorpresa ahora tengo que añadir la tardanza en publicar la Equivalencia Grado/Diplomado, aprobada por Consejo de Ministros de 30 de octubre y al que a fecha de hoy no he visto tampoco en el BOE. Y eso que el lunes 2 de noviembre se publicaron 28 Resoluciones de Equivalencia de otras tantas titulaciones.

Los mentideros del Ministerio afirman que el Sr. Alonso estaba muy enfadado por las repercusiones que las redes sociales han tenido sobre la prensa, entrevista en TV y editoriales de los medios. Podríamos pensar que un Ministro se puede vengar de esta forma, no publicando en el BOE lo conseguido, pero sería pecar de simplistas. Me creo lo del enfado del Sr. Alonso, pero tiene que haber algo más.

Si el RD de Prescripción no se publica puede ser porque como el texto aprobado no es el texto negociado con la Enfermería, eso le ha traído algún dolor de cabeza con Vicepresidencia. Pero también es posible que se esté esperando a que las aguas se calmen, para su publicación en mejor ocasión cuando el ruido mediático de las elecciones fije su atención en otro lugar. Cabría incluso la posibilidad de un cambio de texto, de una rectificación y que el RD saliera tal cual entró, sin los cambios provocados por OMC/CEMS. Nada lo impide. Al fin y al cabo, ¿qué sabemos de lo aprobado el 23-O?, nada, solo rumores, filtraciones. En definitiva nada oficial, todo oficioso.

Pero, ¿cómo reaccionarían las redes sociales ante una publicación conjunta, en el mismo BOE, del RD de Prescripción con el texto de los médicos y la Resolución de la Equivalencia Grado/Diplomado?. Pues a tenor de lo visto, no me cabe duda que sería un torpedo en la línea de flotación del CGE. No solo las redes dejarían de criticar al ministro Alonso (que quedaría amortizado tras la publicación del BOE), sino que volvería a salir el “gradua2” al que se sumarían los lanzazos a moro muerto por el fracaso de la prescripción. Súmenle el efecto “Estatutos” y ya tienen la tormenta perfecta.
Sin embargo la publicación por separado de ambos textos, sobre todo si el primero en serlo es el de la Equivalencia, no surtiría el mismo efecto negativo sobre la dañada imagen que el Consejo ha cosechado en las redes sociales.

Sea como fuere, no hay forma de salir indemnes de esta situación, ¿oído Ministro?. Nadie.

Y para finalizar a gusto la semana de Difuntos solo ha quedado ruborizarse con el deseado examen de Pediatría (por mal nombre, “Prueba de evaluación de la competencia de la Especialidad de Enfermería Pediátrica”) de los pasados días 24-25 de octubre, donde han tenido la desfachatez –o incompetencia- de repetir preguntas y hasta casos prácticos, de un día para otro. Pero lo realmente llamativo por contradictorio, es que se hacen preguntas sobre diagnósticos médicos: Pero vamos a ver lumbreras, ¿no habíamos quedado en que la enfermería no podía diagnosticar?, ¿no estaban ustedes muy enfadados porque la enfermería se inmiscuía en temas de medicina?, ¿entonces porque se empeñan ustedes en hacernos exámenes para médicos?. Aclárense, plis… o mejor, jubílense.

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Enlace al texto original (Dropbox)

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EDICIÓN 10/11/2015

Ayer día 9/11 el colegio que preside el autor de esta entrada ha presentado sus alegaciones al texto de propuesta de estatutos del CGE. Podeis verlo en este enlace.

aempsCIMA la app de la enfermera prescriptora

El 8 de Enero se lanzaba esta Appsalud de la AEMPS que deberíamos tener tod@s los que participamos de una u otra forma (aunque sea torticera) en el proceso del tratamiento farmacológico en el SNS.

Se trata de una App gratuíta para Android e iOs7 que permite el acceso a la ficha técnica (PDF) y el prospecto (PDF) de 15000 medicamentos (autorizados, revocados y suspendidos temporalmente), unos 1600 principios activos.

¿Qué me puede aportar esta app en mi trabajo diario?

Una app que te resuelve desde una fuente oficial las dudas que el uso de un medicamento te plantea; por ejemplo:

*Interacciones con otros medicamentos y otras formas de interacción
*Interacción con pruebas de diagnóstico
*Especificaciones para el Embarazo y lactancia
*Efectos sobre la capacidad de conducir vehículos
*Tipos y gravedad de las reacciones adversas
*Diagnóstico y actitud en caso de sobredosis

Creo que, aunque con aspectos mejorables, es un buen paso adelante

SU USO

Se trata de una app cuyo valor está en la base de datos que consulta pues gráficamente es simple pero efectiva. Para empezar con las facilidades No necesita registro.

La búsqueda se puede realizar por descripción clínica o por medicamento dentro de cada una disponemos de varios campos de búsqueda; lo más interesante es que la búsqueda se puede hacer tanto por principio activo como por nombre comercial


Otro punto interesante es que, dependiendo de la velocidad de conexión la búsqueda va ofreciendo resultados según escribimos....


 Una vez realizada se muestran los resultados; la forma de visualizarlos dependerá lógicamente de qué campos de búsqueda empleásemos; por ejemplo en una búsqueda por principio activo se nos ofrecen las diferentes formas y dentro de cada una las posibles presentaciones...


Una vez seleccionada forma y presentación podemos elegir ya el medicamento del que queremos conocer la información. Está claro que si se dispone del envase del medicamento la búsqueda por código ATC sería la mejor opción.


De cada medicamento se ofrecen una veintena de datos, pero lo más interesante como comenté es la disponibilidad de ficha técnica y prospecto aunque con el problema de tratarse de documentos PDF lo que los hace más "pesados" y puede limitar el uso de la app para la gente con tarifas con pocos datos.


 UNA SUGERENCIA

Creo que vendría bien que en esta app se integrase un acceso a NOTIFICARAM pues a buen seguro un porcentaje no despreciable de consultas tendrá relación con eventos notificables...

En todo caso se trata desde ya de una herramienta que no puede faltar en nuestro kit de enfermera 2.0... y desde luego de una poderosa ayuda para las futuribles enfermeras prescriptoras.

EDICIÓN 10/1/14

Hoy mismo se ha lanzado una actualización de la app para incluir un nuevo pictograma y su texto... nada más y nada menos que el "triángulo negro invertido" que es el indicativo de los medicamentos sometidos a seguimiento adicional y sobre los que se hace hincapié en la necesidad de notificar cualquier sospecha de efecto adverso.



La prescripción; un juego confuso y un manifiesto

Escribo en este blog sobre este tema desde 2007, he seguido el rastro de la Prescripción no médica en el Reino Unido (que existe pese a que Máximo González Jurado se empecine en negarlo) y las especificaciones de su formación. Y he seguido el rastro de lo planteado en España con más pena que satisfacción...

Antes de volver con los palos he de dejar claro que mi interés en este tema ni tiene que ver con la actividad formativa para la que no estoy capacitado ni para mi actual práctica profesional en la que considero que la ampliación de competencias profesionales va por otras vías como ya se hace en alguna CCAA.

Dicho esto y al hilo de la deriva de la última presencia de nuestra profesión en un medio de comunicación y de la publicación de manifiestos de importantes organizaciones profesionales (SEMAP, FAECAPConferencia de decanos  de enfermería ) respecto al proyecto de decreto de "prescripción enfermera" y su proceso 'entre bambalinas' trataré de ser conciso en lo que opino.

En primer lugar que el origen de la burla que se va a ejercer sobre nosotros es la ley del medicamento que nos dejó fuera de la PRESCRIPCIÓN y que será ahí y en la aplicación de la LOPS donde habremos de centrar nuestros esfuerzos.

En segundo lugar que el actual proyecto de decreto crea tal galimatías de "caminos" hacia ninguna parte que simplemente me parece bochornoso tanta chapuza.

Imagen del grupo de Enfermería de urgencias y emergencias SEMES en Facebook


En tercer lugar a los "generalistas" nos quieren imponer un curso para 'prescribir' los medicamentos para los que un ciudadano NO necesita receta en una farmacia... es, simplemente, humillante. Y luego hacer otros cursos para prescribir medicamentos dentro de unos protocolos que aún están sin aprobar (aunque hay quien dice que ya están elaborados) y ¿Cómo se come que a alguna gente le vayan a convalidar cursos de prescripción 'colaborativa' si los protocolos no están aprobados?... ¿Qué pasa con quienes no soliciten la acreditación en el plazo de 5 años?... más chapuza.

Luego hay demasiadas cosas pendientes de reglamentos y de comisiones... sólo recordar que la "inminente" salida de la especialidad médico-quirúrgica se anunció en 2008...

Para terminar os conmino a leer el manifiesto del Foro enfermero del mediterráneo (PDF) y a mostrar vuestro apoyo o vuestras argumentaciones escribiendo a: enfermeriadelmediterraneo@gmail.com

EDICIÓN 21/12/13

Como un ejemplo de lo que se puede conseguir con un autentico programa de prescripción enfermera este artículo que difundió +Enrique Castro Sánchez @castrocloud "Evaluación de un proyecto de prescripción enfermera especialista en diabetes"  que encontró que: "La prescripción de enfermería especializada en diabetes mostró ser segura, de alta calidad y apropiada. Aportó importantes beneficios para los servicios especializados fue aceptable para los pacientes y apoyada en general por el equipo de salud"

(Wilkinson, J., Carryer, J. and Adams, J. (2013), Evaluation of a diabetes nurse specialist prescribing project. Journal of Clinical Nursing. doi: 10.1111/jocn.12517)

La peligrosa pendiente de nuestra imagen en los medios

Es muy frustrante que en las últimas semanas nuestra profesión esté en los medios no por sus logros o por sus aportaciones (que son muchas) sino por sus problemas tanto internos como "externos"...

El programa "el purgatorio" de Onda Cero donde tratando de criticar la facilidad de los medios para publicar datos no contrastados sobre "ratios" de enfermería se acaba hablando sobre las diferentes titulaciones y capacidades de la enfermería en Europa...

Más audios en Onda Cero

Luego hubo un "derecho de réplica" que fue tan bochornoso que ni me molesto en buscarlo... Y hoy llegó la guinda:El programa "Hoy por hoy" de la cadena ser (17/12/13) en el que se trataba de abordar el tema de las difíciles condiciones de algunas de las enfermeras que están emigrando a Alemania en el que la participación del máximo dirigente derivó en una puesta en público de la vergüenza a la que se quiere someter a la profesión respecto a la prescripción de medicamentos.

Yo preferiría que en los medios primase esta imagen:
 La enfermería en Para todos la 2 con @maytemoren , Lidia Borrás y Mª Ángeles Guzmán
 La enfermería aplicando la evidencia científica para mejorar los cuidados a los ciudadanos como bien cuenta +Azucena Santillan @ebevidencia

  La enfermería investigando como se explica en este vídeo de +Investenisciii
La enfermería creando "marca personal" para dar seguridad a los ciudadanos... (by +José Mª Cepeda @ChemaCepeda )
y la de tantos otros que muestran lo mucho que, como conjunto, aportamos...
Y me indigna que luego los mismos medios cuando hablan de sanidad sólo hablen de los médicos.... y aún mas cuando los vende humo de #eSalud "se centran" en la relación médico-paciente (y ni dan de paso un comentario al respecto)...

El primer mandamiento de la enfermera prescriptora: Notificaram

Hace ya bastante tiempo que está en marcha lo que hoy vengo a contar y ya le han dado difusión blogs con mejor legibilidad y más "enjundia" pero está la "serendipia" donde menos te lo esperas y yo que estaba de días libres me acerqué a una sesión de farmacovigilancia de mi hospital... Justo; ahora que van y sueltan el borrador del decreto-mofa... y las cosas 'conectaron'

Blanca impartiendo la sesión que me inspiró
.A lo que voy, la profesión que ejerzo hace más de 20 años ha venido realizando dos labores relacionadas con los medicamentos todo este tiempo... una prescribir si, prescribir desde decidir qué principio activo usar en una cura en concreto (incluidos debridantes o antibióticos) o cuando administrar un analgésico (lo que viene siendo "si precisa") por poner 2 ejemplos simples y la otra...





La otra es en la que quiero centrar esta entrada y es que en la sesión a la que asistí se mostraron los datos de notificación en Castilla y león en 2012 y me he sentido impulsado a tratar de hacer algo.

Porque tod@s sabemos que si hay una profesión que hace el papel de barrera en cuestiones de seguridad de medicamentos es la enfermería.

De hecho, y aunque no se refiere únicamente a los eventos adversos con medicación, está definido el "fallo de rescate" (al respecto no se pierdan este  artículo de +Angel Alfredo Martinez Ques  @Angelo_freddy ) como "el deterioro en la condición de un paciente que hubiera podido ser evitado mediante la precoz intervención de una enfermera que actuara de forma apropiada."

Sé por propia experiencia, por los estudios disponibles y por observación que en el día a día se realizan bastantes "rescates" pero pasan de largo para la organización y, lo peor, se pierden como oportunidad de aprendizaje porque no hemos desarrollado el reflejo de la notificación y, hay que ser sinceros, porque algunos sistemas de notificación son "correosos".

Pero en este caso creo que vale la pena hacer un esfuerzo extra porque además es la forma de poner sobre la mesa un argumento más, creo, a favor de la capacidad de la profesión a la hora prescribir medicación.

SISTEMA ESPAÑOL DE FARMACOVIGILANCIA DE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO

Regulado por el RD 577/2013 (BOE 27/7/2013) se fundamenta en la necesidad de realizar un seguimiento específico de la efectividad y seguridad de los medicamentos autorizados dado el limitado tamaño de los ensayos en fase III.

En esta nueva regulación ha abierto la posibilidad de que las notificaciones de farmacovigilancia que se realizaban con la famosa "tarjeta amarilla" se realicen on-line y por parte no sólo de los profesionales sino también por los ciudadanos.

https://www.notificaram.es/

Y ¿Qué notificar? La información en la página de aemps es clara pero creo que Blanca lo resumió muy bien...



Pero la finalidad de esta entrada no es sólo la de dar difusión a este importante recurso sino para hacer una llamada a que pasemos a la acción y pongamos negro sobre blanco cual es el papel colectivo de la profesión enfermera en la indicación y uso de ciertos medicamentos y, además de firmar las conocidas solicitudes a la autoridad en cuestión, nos registremos en Notificaram y hagamos de la notificación de EAs con fármacos el primer mandamiento de la futura capacidad prescriptora DE VERDAD de la enfermería en este país.

La soledad del momento del NO

Ya comenté alguna vez por ahí que un gerente que tuve* decía que a lo que más temía un administrador sanitario era a los que "empuñaban el boli" porque ellos son los verdaderos decisores del gasto. Sin entrar a desentrañar semejante media verdad y curándome en salud os recuerdo que si bien las playas están hechas de granos de arena, en nuestra playa alguna arena proviene de rocas que alguien decidió exponer al embate del mar. Y ello por no hablar de programas de publicidad de todo tipo o programas de "prevención de salud" que de eso ya trata la página del sistema epidemiológico de vigilancia de alertas de chorradas medicalizadoras.

Lo cierto es que todos los días y en casi todas las situaciones los profesionales sanitarios actúan con mayor o menor conciencia como decisores de gasto y lo innegable es que la llamada "sostenibilidad" del sistema sanitario tiene uno de sus focos de combate en estas microdecisiones señalando acusadoramente a los profesionales sin ofrecer el apoyo suficiente tanto normativo como institucional en los puntuales momentos en los que se les pide que digan que NO.

Ejemplos hay a miles pues, como expliqué, son decisiones que se toman a diario y en muy diversas circunstancias, pero con una característica común a mi modo de ver: La soledad.

Llega el momento de explicar las opciones que tiene el paciente, de dar recomendaciones, de indicar/prescribir... llega el momento de NO hacer el volante, la receta, el papel que sea y allí está el profesional con el paciente (con o sin acompañante) tratando de rodear la cuestión, buscando argumentos o quejándose de lo que 'no me dejan hacer', razonando, discutiendo (o no) afligiéndose con el usuario o indignándose por su insolidaridad, buscando alternativas, luchando...

Decir que NO para evitar no se sabe qué para no se sabe cuando en un momento en el que se puede decir que SI y evitar conflictos instantáneos... eso es lo que requiere de los profesionales responsables con su sistema.

Visualizar, en cifras, las consecuencias de las decisiones pasadas no ayuda mucho y obliga a un tedioso esfuerzo administrativo; proyectar al futuro las cifras de tal o cual decisión tomada sistemáticamente (por ejemplo poner ambulancia a todas las altas) puede resultar llamativo pero no ofrece argumentos para ese "momento de soledad".

No, no hago esta entrada para exponer ninguna genial idea que resuelva esta vieja cuestión, sólo que me he acordado de cómo de lejos están unos escritorios de otros... semánticamente tiene su aquel;  a uno le llaman despacho y a otro consulta.

Por cierto, que en este tema la enfermería se encuentre embarcada al mismo nivel de importancia (cualitativamente todas las negativas valen lo mismo) no deja de ser indicativo del "nivel de prescriptor" que tenemos aunque este no se encuentre reconocido (suficientemente) otra cosa es que much@s de los que reivindican la prescripción enfermera olvidan esta faceta de la responsabilidad.

*Una persona a la que no le gusta nada que se le recuerde lo que decía... de hecho me bloqueó en twitter porque le recordé que el también decía que "la estadística (usada sin rigor) es el arte de manipular los datos para que digan lo que quieres".

A los inquietos la información siempre nos deja más incógnitas

Acudí al nuevo Lucus Augusti dispuesto a escuchar y a preguntar ya con la sensación de que iba a ser difícil que en una única toma de contacto acabase de aclarar tantas y tan diversas incógnitas que hasta allí me llevaron.

Como esta entrada puede acabar como el rosario de la aurora voy a empezar por los elogios, para luego intentar resumir lo que entendí de lo que dijeron los ponentes, sintetizar el intercambio de preguntas y discursos y describir las visiones paralelas y los agujeros encontrados.

Creo que es de justicia felicitar a la organización por su "valor" al poner cara a las voces disconformes con cómo se ha ido ordenando el modelo de educación y práctica profesional de la enfermería en España; también, por qué no decirlo, con la puesta en marcha de un sindicato específico de enfermería dentro del conglomerado de organizaciones que conforman la FSP. Dejo fé de que no hubo más filtro a la intervención del auditorio que el tiempo consumido en las respuestas.

A.J. Valenzuela hizo un repaso a qué es prescribir, mostró los modos en los que la enfermería venía prescribiendo desde hacía mucho tiempo y desmenuzó la legislación y su desarrollo normativo para dejar demostrado que NO EXISTE prescripción legal para enfermería y que las opciones ofrecidas por la ley son siempre dependientes, que los prometidos protocolos están lejos de poder desarrollarse y que su elaboración "consensuada" otorga 'derecho de veto' a cualquiera de los colectivos implicados, que la lista de productos sanitarios 'autorizados' a la enfermería es tanto como nada.... En fin, yo he decidido crear una etiqueta específica para prescripción en la que teneis todas las entradas que llevo escrito sobre ello desde 2007. Pero mi respuesta en esta entrada debe ir combinada con el resumen de la otra ponencia pues ahora ambos temas se encuentran, no por casualidad, íntimamente ligados.

Cárlos Tardío Cordón (al que felicité por entrar en el 2.0 al pemitir comentarios en su blog[Edición 17/2/14: ahora ya no los permite]) hizo una exposición larga como la propia historia de la profesión de cuidar en la que fue desgranando los hitos de los más recientes ordenamientos académicos de la formación en enfermería y su correlato en las capacidades, habilidades y conocimientos exigibles a los ejercientes de la misma. Llegado el momento de hablar de la actual titulación de grado se descolgó con una diátraba sobre el "rollo" que es Bolonia (el EEES) que, supongo, tiene que ver con lo ya reflejado por mí hace más de 2 años. De lo articulado por Cárlos deduje nuevamente que las titulaciones de grado y diplomado son equivalentes profesional, laboral Y ACADEMICAMENTE por lo que no es imprescindible realizar 'nivelación' alguna para tener acceso a los títulos de postgrado (Máster y Doctorado) como bien demuestra la existencia de much@s compañeros ya doctorados desde su título de diplomatura.

Pero como quiera que su línea argumental era, supongo que por la propia imbricación de los temas, serpenteante, entre la clase básica de derecho elemental, la enumeración de leyes y decretos y los detalles de los mismos salieron a relucir diversos temas que pusieron muy difícil priorizar qué pregunta(s) formular.

En este canal de youtube tenéis todos los vídeos de la jornada.  y en esta los audios (para que podáis opinar por vosotr@s mism@s)

Destacar del debate la presencia y auto-presentación de la presidenta del colegio de Lugo que mantuvo una intervención moderada terminada con una pregunta-afirmación respecto a la prescripción que comentaré más adelante.
También destacar la intervención de la ex-secretaria del colegio de Lugo señalando (como yo hice en su día) la gran oportunidad perdida que fue la implantación de la carrera profesional en lo referente al reconocimiento de méritos no laborales que ahora podrían ser susceptibles de emplearse en la 'nivelación' a grado o en la delineación de "perfiles competenciales" que confiriesen mayores responsabilidades profesionales y mejor remuneación.
Otro compañero de Ourense abogó (como en otras entradas de este blog) por ir disminuyendo la distancia entre el mundo académico y el profesional otorgando a los títulos de máster el carácter de 'especialidades' (sino por completo si en gran parte) y acercando estos a las necesidades de los centros en lo que respecta a personal con formación específica.
Por último reseñar la intervención de un compañero que hizo el curso de Gradua2 y que lo tildó de estafa y tomadura de pelo.

En todo lo dicho por alguna gente se ve una gran animadversión hacia el presidente del CGE y un afán en esta institución de centrarse en la "industria formativa" y acapararla junto con las universidades. Su NULA democracia y su increible habilidad para saltarse las sentencias judiciales junto con la incapacidad de los poderes del estado para frenar una y aclarar otra indican que se trata de una especie de poder fático que va a tocar aguantar muuuucho tiempo.

¿Y yo que apoyo o qué opino?
PRESCRIPCIÓN.  Pues que tras muchos años de acciones de prescripción 'consentidas', tras noches de acciones de prescripción delegadas y tras el desarrollo de planes de formación pregrado más que suficientemente completos la enfermería debe poder realizar una prescripción autónoma como la que existe en otros países de nuestro entorno socioeconómico como parte de una estrategia de relanzamiento del SNS. Una prescripción que, sin duda, necesitará una experiencia clínica previa mínima y una formación postgrado específica certificada. Pero también es necesario crear un mecanismo de elaboración y validación de protocolos de atención tipo que incluyan capacidades de prescripción avanzada para la enfermería; un mecanismo no tan centralizado que impida su desarrollo (como el propuesto) ni tan descentralizado que genere "mini-reinos de taifas" protocolares.

GRADO. Tras luchar durante años por que se confiera a la titulación académica de enfermería el nivel que le corresponde por intensidad y extensión algunos han querido vender la moto de que la llegada del grado es ese justo premio cuando se trata de una circunstancia sobrevenida debida a la implantación de Espacio Europeo de Educación Superior de la que se ha desprendido que los alumnos realicen un curso académico más, pero no que tengan más horas de formación (más bien menos) y cuidándose mucho de limitar a la nueva titulación a "un máximo" de 4 años y no, como las demás, a tener "un mínimo" de 4 años lo que, a nivel de escala administrativa, deja a la profesión donde estaba pero con distinto nombre A2 (Como señalé en esta entrada).
Que los actuales ahogos de las universidades también se deben al EEES y que debemos estar vigilantes ante el posible desmantelamiento de las EUE públicas sobre todo en centros periféricos a los que no se le asigna suficientes recursos. Porque la señalada ausencia de profesores contratados para las enseñanzas clínicas son un lastre para la formación de los futuros profesionales y su contratación un quebradero de cabeza para los gestores universitarios.

ESPECIALIDADES. Sigo opinando que hubiese sido mejor crear prefiles competenciales y puestos de trabajo en los que se requiriesen esos perfiles; ciertos perfiles avanzados deberían recibir el apoyo "extra" de poseer una titulación especifica de postgrado (Master) con las horas de formación que conlleva. Dado que hay hechos consumados en muchos campos (Pediatría, Comunitaria y geriatría) es necesario centrarse en PARAR el cajón de sastre de MQ y replantearlo dentro de estas coordenadas.

COLEGIACIÓN. La constitución consagra el papel de los colegios como articuladores de la profesión e interlocutores de esta con la administración, pero también dice que su gobierno ha de ser democrático y yo veo poco democrático el funcionamiento de los colegios que he conocido todo este tiempo. Tardío sostiene que debe ser obligatoria pero no pudo usar sus queridos argumentos jurídicos... salvo la costumbre. Como las entradas del muy recomendable blog de Juan Hernandez sobre el tema demuestran otros países no tienen ninguna afiliación obligatoria al órgano regulador de la profesión y no por ello esta se ha derrumbado ni ha perdido competencias (es más, es donde la enfermería ejerce más competencias)

En todo esto se trasluce el problema que señaló Carlos Nuñez en su entrada dedicada a #24h24p el día virtual de la enfermería en cuidando.es sobre la polarización de los profesionales de la enfermería en España entre dos actitudes; una pasiva y conformista con el papel subsidiario que el médicocentrismo del sistema le otorga al 'arte de cuidar' y otra activa y evolutiva, inquieta y reflexiva que cree en sus capacidades para brindar una mejor atención al ciudadano y apoyar las fortalezas del SNS en beneficio de todos y que está luchando por zafarse del marcaje a que le somete el stablishment y el lastre de quien no sólo no quiere más responsabilidad para sí sino que desea impedir el desarrollo profesional de los demás.

Esto viene a que, como dijo la presidenta del colegio de Lugo, ya estamos (nos han metido) en este punto y habrá que ver si lo conseguido no es mejor que nada y estar atentos a que no nos metan "curso por título" cuando no lo necesitamos. La alternativa es luchar por aclarar la situación tanto en lo académico como en lo profesional y luchar contra las limitaciones a las capacidades profesionales atacando las incongruencias de la norma allí donde duele: a las 4 de la mañana...

Bueno, no me enrollo más que me parezco a uno que yo me sé.

EDICIÓN: 23/2

Los organizadores y ponentes han hecho una entrada con todo lo dicho y más opiniones también disponible en Tablón en blanco  cuyas semejanzas y diferencias con lo aquí expuesto podréis apreciar vosotr@s mism@s. Sólo dos observaciones: Un manifiesto No es un resumen de argumentos, es una toma de posición. Sigue sin explicarse el porqué de la "inversión demográfica" [Edición 17/2/14: Dícese "de género"] en los cargos de responsabilidad de enfermería... y supongo que todo el mundo me entiende.

La NADA suspendida.

Ahora la supuesta meta de la profesión está metida de lleno en un doble pleito judicial y político por acceder a una capacidad fantasma.

El TSJ de Andalucía ha suspendido cautelarmente el decreto de la famosa 'prescripción no prescriptiva' de l@s compañer@s que trabajan para el SAS iba a copiar y pegar las reacciones de la OMC y del CGE pero los argumentos de este último son tan esperpénticos como la cara boquiabierta de ese señor así que os enlazo la noticia de Acta Sanitaria y lo veis.

A mi, nada sospechoso de alineamiento político para ese lado, me llama poderosísimamente la atención la reiteración del nombre de un partido que, mientras gobernó, era la joyita para el CGE y, todo hay que decirlo, aprobó la legislación que SI permite una ampliación de competencias de los profesionales basada en las CAPACIDADES, no en decretazos llenos de palabrería; la LOPS.

En fin, se va sembrando.

Así no Sr. Jurado. Con la seguridad no se juega.

El vídeo que enlazo es el del telediario 1 del 18/11 a las 15:00; yo tuve la desgracia de llegar a casa y sentarme justo en el minuto 35; en el 38 se inicia una noticia sobre la enfermería llena de palabrería y manipulación que, creo, lejos de contribuir a restablecer la imagen de la profesión la desprestigian aún más.

Locutora de TVE:
"La carrera durará un año más y cuando termine los enfermeros podrán recetar ciertos medicamentos" (¿esto quiere decir que sólo los nuevos titulados y los convalidados podrán "recetar"?)

"Ademas ··· estudiar 7 especialidades; esto evitará que roten en los hospitales de un departamento a otro sin tener los conocimiento suficientes" ( claro, con la especialidad de médico-quirúrgica 'sólo' se podrá ir a: UCI, Quirófano, Reanimación-despertar, unidades intervencionistas...)

Periodista en off
"Estarán en las aulas ··· y adquirirán nuevas competencias" (las competencias las otorga la ley de ordenación de profesiones sanitarias NO el EEES)

El señor este...máxima estafa:
"La diferencia que hay entre un plan y otro son sólamente las competencias de prescripción de medicamentos" (¿¿¿¿¿?????? ein? entonces los grados van a podre rellenarles las recetas a los médicos y los no-grados no? estupendo, me quedo como estoy)

Las compañeras SI que aciertan:
"Sales formada de todo pero de nada" "te meten en un servicio que a lo mejor ni te gusta, a veces tienes que saber de todo y nadie te forma".

Periodista en off
"Para cubrir ese vacío habrá 7 especialidades de tres años cada una que les IGUALA a otras profesiones" (y dale con el complejo de inferioridad...que soy enfermer@, no médico)

Juan Beneit pasaba por allí
"Un oftalmólogo no trabaja de dermatólogo ni un dermatólogo trabaja de pediatra" (vale, pero eso no resuelve el tema del CAJON DE SASTRE médico-quirúrgico por no hablar de los 4 años que llevamos esperando que se pongan en marcha academicamente y los 10 que es previsible que tarden las administraciones en crear plazas para esas titulaciones).

Y EL MOMENTO CULMINANTE...

Periodista en off
"Las especialidades evitarán que se repitan casos como el del bebé Ryan que falleció en el Gregorio Marañon de Madrid por el error de una enfermera suplente que no tenía experiencia en niños prematuros" (ala, la investigación está hecha y mi compañera al trullo. Luego hablamos del gerente que 'la cagó' y esto? ni causa ni juicio: sentencia fulminante.)

Otra vez Pijus Máximus:
"Cuando las especialidades estén desarrolladas totalmente no se podrá dar una circunstáncia similar porque ese puesto de trabajo superespecializado como es una unidad de cuidados intensivos (omite lo de neonatología) sólo podrá estar ocupado por una enfermera especialista, por lo tanto la seguridad está garantizada" (Yo es que lo flipo. Como si los errores no se pudieran cometer por cualquier causa...la compañera del Gregorio M. puso otra enteral ese día a otro bebé...¿es que nadie se percata que los errores se pueden deber no sólo a 'culpas' sino a 'puertas ó agujeros'? si los sistemas no conectasen..., si los dispositivos estuviesen marcados, si las bolsas de medicamentos y alimentaciones estuviesen etiquetadas,... sin palabras.)

Periodista en off
"los actuales titulados se hacen muchas preguntas" (si, me pregunto como es que no hago nada para poner a esta calaña en sus cátedras y dejar a enfermer@s de verdad dirigir a la profesión)

····

Periodista en off
"Serán graduados porque les van a convalidar los títulos a través de un curso puente que les ofrecerán varias universidades, la idea es convertir a los más de 250000 enfermeros diplomados que ya hay en graduados antes del 2012" (no, la idea es que algun@s se forren bastante vendiendo humo...)


De verdad que no tiene desperdicio; copia y pega esta dirección en tu navegador; lo dicho del minuto 38 al 39:44

http://www.rtve.es/alacarta/player/631406.html

Prescripción. Pechase un prazo, iniciase outro

Coa aprobación no congreso da modificación da "lei do medicamento" -.PDF- (Lei 29/2006) para DEIXAR CLARO que só médicos, odontólogos e podologos no ámbito das súas competencias teñen facultade para receitar medicamentos suxeitos á prescripción médica e que o que tanto alardea o CGE queda ó albur dunha nova regulación que vai ter que agardar a un consenso entre o propio CGE e a OMC e a validación da Agencia de Calidad do SNS...temos para rato.

Ou sexa NADA.

E queda aínda o trámite no senado onde as maiorías trocan.

E unha regulación gubernativa que debe nacer do consenso entre os colexios profesionais na elaboración de protocolos e guías de práctica clínica e asistencial que, ademais (e ten lóxica) deben ser validados pola citada axencia.

E, ademais, para esa prescripción HABERÁ QUE ESTAR ACREDITADO polo MSPS; isto quere dicir que esa acreditación "con efectos en todo el estado" aínda non se produxo e que, pode, que o desenrolo feito en andalucía teña problemas xuridicos.

Evitemos dobles raseros

Si pedimos competencias debemos estar dispuestos a delegar, tambien, competencias.

Leyendo un par de post sobre como nuestros compañeros de Portugal (1 y 2) se fijan en el raquítico decreto de 'prescripción enfermera' español para reivindicar que un paso así es posible y estratégicamente importante para el sistema de salud de su país; veo que comparto, en gran medida, esa visión estratégica y que también la amplío a otras intervenciones en las que 'malgastamos' tiempo de médico en tareas para las que tenemos base de conocimientos suficiente como para hacer posible su realización por una enfermera previamente formada y sobre el esquema de unos protocolos claros y de canales de comunicación explicitos. De hecho la propia OMC 'tira' de enfermería cuando le conviene; como en el último informe (muy equilibrado, hay que decirlo) sobre la gripe A (H1N1)v en el que se dice:
"En el caso de zonas o comunidades donde sobrevengan en días o semanas picos de incidencia elevados, puede ser necesario que durante un corto espacio de tiempo –dias- sea preciso reorganizar la actividad hacia consultas rápidas y especificas de gripe, en las que enfermería puede jugar un papel clave en el cribaje, con la aportación de un dato objetivo de valoración clínica como es la pulsioximetría."

Entonces llego a noticias como esta: "UGT recurrirá la sentencia de la Audiencia Nacional que permite a los gerocultores administrar insulina" y me pregunto si no se trata de lo mismo, pero con otro punto de vista... En el 'Como' está la cuestión y en que asumir que una competencia delegada NO ES una responsabilidad completamente delegada sino que hay que protocolizar, educar y vigilar la tarea/función objeto de delegación para que sea quien sea el que la realice se alcancen los objetivos definidos.

Estrategia equivocada

Ayer mientras asistía a la presentación del proyecto de estándares de calidad de cuidados para la seguridad del paciente en los hosptitales del SNS (SENECA) un anónimo hizo un comentario en la anterior entrada enlazando una noticia de el díario "El Pais" que viene a dar cuenta de un -supuesto?- enfrentamiento entre las dos principales profesiones de la atención sanitaria por un tema que no tiene que ver directamente con la atención a las personas ni con la organización de esa atención sino con una jerarquía que, a nivel de la administración, yo creo que está suficientemente clara. Las categorías profesionales de la administracion se han adaptado a la nueva ordenación de los títulos profesionales y, si acaso, cabe criticar cierta indefinición de qué va a pasar con los actuales titulados (sobre todo con los increibles casos que aún no han convalidado ATS por la diplomatura) una vez que los nuevos títulos se empiecen a expedir; esto es, ¿Valdrá más (o para más) el título de Grado en enfermería que el título de DUE?...una cosa está clara obtener el grado desde la diplomatura no va a ser, ni mucho menos, tan fácil y barato como fué la anterior transición.

El enfrentamiento es, creo, una mala estrategia. Otra cosa es permitir que la prensa publique florituras como la referencia a una supuesta prescripción LIBRE de medicamentos cuando lo que hay es una prescripción dentro de protocolos. ¿La titulación? ya es una escepción curiosa que medicina y arquitectura sean las únicas carreras de 6 años de duración pero, sinceramente, aducir 'desventaja competitiva' porque una enfermera puede ser doctora en esos 6 años es una CHORRADA propia del sensacionalismo que pena que esta lumbrera del periodismo no se preocupe de si Masters y Doctorados tienen su reflejo en un mejor acceso al mercado laboral o mejores retribuciones, le sorprendería que el mismo sindicato que hace esas reivindicaciones no quiere primar esos títulos para el acceso a puestos de jerarquía o para el acceso al propio mercado laboral del SNS por no hablar del marco retributivo (que, evidentemente, se debería ligar a competencias y prestaciones).. en fin, un enfoque rácano el del artículo centrado en el papelito del título y no en las consecuencias que esa INVERSIÓN tiene para TOD@S l@s ciuidadan@s.

E para isto tanto follón?

Logo de ameazar cunha "guerra" de 'guardias insostibles' e outras trangalladas; logo de argumentar xuridicamente e lóxicamente e logo de percura-lo reflexo en modelos avanzados de prescripción o CGE semella satisfeito con esto:
Uno.- Se modifica el apartado 1 del artículo 77, que tendrá la siguiente redacción:
"1. La receta médica, pública o privada, y la orden hospitalaria de
dispensación son los documentos que aseguran la instauración de un tratamiento con medicamentos por instrucción de un médico o un odontólogo, únicos profesionales con facultad para ordenar la prescripción de medicamentos. Sin perjuicio de lo anterior, el Gobierno regulará la participación en la prescripción de determinados medicamentos por enfermeros y podólogos (¿y los fisioterapeutas?) en el marco de los principios de atención integral de salud y para la continuidad asistencial, mediante la aplicación de protocolos institucionales de elaboración conjunta y en planes de cuidados estandarizados, autorizados por las autoridades sanitarias¿?."

A min, como non agardaba grande cousa, non me decepciona mais SI que debera decepcionarnos como colectivo que se sinte coresponsabilizado co sistema sanitario e coñece a súa potencialidade para proporcionar maior eficiencia e racionalidade na atención ó cidadan.

Unha oportunidade estragada, outro esforzo que queda na recámara.

1 prescrición ou 17?

A junta de Andalucía ven de conqueri-lo consenso entre os consellos de médicos i enfermería para que se poda levar a adiante a regulación legal das accións de prescrición que @s enfermeiras do SAS realizan de xeito rutineiro ‘por fora’ da lexislación actual.

A realización deste consenso e o conseguinte proxecto de decreto de regulación da prescrición de medicamentos e materiais sanitarios por parte da enfermería en Andalucía non está exento de ameazas por parte de sectores mais corporativistas e tamén pola propia evolución do asunto no ámbito estatal por mor do recente consenso entre as forzas maioritarias para reconducir a modificación da “lei do medicamento” cara a unha norma mais multidisciplinar que contemple a prescrición de medicamentos por parte da profesión enfermeira dentro de unha regulación e consenso interprofesional.

Non cabe dúbida que unha cousa tira da outra, esto é, a publicación do proxecto andaluz e as reiteradas declaracións da conselleira catalana no mesmo sentido froito da resolución en falso da lei do medicamento deron o pulo preciso para que o consenso se acadase en Madrid.

Agora estase, penso, nunha carreira para ver si temos 1 norma estatal xeralista ou se deixa correr ás comunidades (que teñen competencias na sanidade transferidas) as súas particulares carreiras de promoción desta necesaria ferramenta.

Coido que non son eu a quen se vai a sinalar como “centralista” si argumento por unha norma estatal clara, concisa e con aspectos abertos; unha norma que faga de marco firme no que cada administración poda desenrolar as súas competencias, planificar consonte ás súas necesidades e recursos e programar segundo a importancia que lle conceda a este aspecto da atención, ós rendementos que coide que se poden acadar del tanto por parte do sistema como dos profesionais e doentes.

Das reaccións coñecidas quédome coas que apuntan a unha mais alta responsabilidade para os profesionais enfermeiros o que levará, inevitablemente, á necesidade de unha maior e mellor formación sempre co foco posto nunha atención mais centrada no doente e nas súas necesidade e na súa seguridade.

Si na carreira profesional coido que se acadou un equilibrio entre a norma única estatal que algúns reclamaban e un ‘salvese quen poda’ que se quixo levar a cabo nesta ocasión coido que tratándose de algo que afecta ó xeito mesmo no que exercemos as nosas competencias profesionais a norma básica debe abranguer mais con claridade e deixar explícitos os puntos nos que as variacións (por dispersión, por complexidade...) se deixan á regulación autonómica.

A vueltas con la "prescripción"

El curioso caso de la prescripción que nunca lo fué. Lo señala Acta sanitaria.

Al parecer, todo ha sido un 'error' y los diputados que quedaban entre el 9 de Marzo y el 16 de Abril ellos solítos lo han solucionado: se trata no de "capacitar para prescribir" tal y como reza la LOPS (Ley de ordenación de profesiones sanitarias) sino de "revisar la clasificación de los medicamentos de uso humano que han de dispensarse con y sin receta".

Lo de "al parecer" lo digo porque aunque acta sanitaria muestra una imagen del BOCD del 15 de Abril (último día de la VIII legislatura) lo cierto es que este no aparece en las búsquedas de la página oficial del congreso de los diputados ni por general ni dentro del proyecto de ley; además, de haber un error en una ley ya publicada en BOE, ¿no sería el propio BOE quien debiera publicar la corrección?.

Es curioso, por más que busco... Proyecto 66 (serie A) de la VIII legislatura, documento 15 es la Aprobación definitiva el 14 de Julio de 2006. El documento 66-16 es del 4 de Marzo de 2008... pero esa 'corrección de errores' no sale por ninguna parte. La democracia en la era de las TIC no puede ser un galimatías de información.

Más triste que la forma es el fondo: La LOPS centraba las competencias profesionales en las capacidades no en los 'permisos' y ello ofrece un amplio campo de oportunidades a la enfermería sin restar nada a nadie... no como se hizo anteriormente.

Investigando no ensino da NMP

O BMC nursing journal ven de publicar un artigo sobre o emprego de ferramentas multimedia no adestramento do persoal non médico como prescriptor.
Mais aló do interese didáctico o texto (.pdf 231 Kb) ten nos seus antecedentes un interesante relato do 'estado da cuestión'.

Como parte del compromiso del gobierno para tener un NHS más moderno que permita a los pacientes un acceso más rápido y eficiente a los medicamentos, la capacidad de prescribir ha sido extendida no sólo a médicos y dentistas sino también a enfermeras que obtuvieran la acreditación de prescripción tras su graduación. En los últimos años hemos visto la implementación de la prescripción suplementaria para las enfermeras y la expansión gradual del formulario independiente para enfermería en el que las enfermeras pueden, de hecho, prescribir los mismos medicamentos que los médicos. Las implicaciones que para la seguridad del paciente tiene la expansión de esta capacidad de las enfermeras para prescribir señala la necesidad de estrategias robustas de enseñanza que promuevan la compresión de nuevos conceptos y el desarrollo de competencias.
Aunque las capacidades de prescripción de las enfermeras prescriptoras cualificadas del R.U. no son muy diferentes a los de las enfermeras graduadas avanzadas con autoridad prescriptiva de Australia o los EE.UU. Hay diferencias considerables en como son educadas estas enfermeras para desarrollar este papel. Los requisitos actuales para acceder al curso de prescripción en el R.U. son que las enfermeras deben haber obtenido el nivel de grado y haber sido cualificadas durante un mínimo de 3 años. En el R.U. sin embargo, se realiza una exigencia a las enfermeras para que demuestren haber obtenido el nivel de grado ni se exige que demuestren un nivel de conocimientos sobre ciencias biológicas básicas, una preocupación mostrada previamente por Tyler and Hicks. Esto contrasta con los EE.UU. y Australia, donde siguiendo las investigaciones sobre la educación de la práctica enfermera estos programas se imparten como mínimo a nivel de master.
Con el cambio en la enseñanza de pregrado de enfermería de un modelo médico a un modelo social de cuidado el nivel de los conocimientos de ciencias biológicas adquiridos por las enfermeras pregraduadas ha sido significativamente reducido. Ciertamente numerosos estudios han identificado la educación farmacológica como un área débil tanto en el R.U. como en otros lugares. Las implicaciones de esto para la enseñanza de la prescripción a enfermeras son profundas de modo que algunos estudios sugieren que tanto educadores como enfermeras prescriptoras reconocen problemas relacionados con la adquisición de un nivel adecuado de farmacología en estos cursos.
Aunque la farmacología es solo una de las ocho áreas de contenido de los cursos de prescripción para enfermería

1 Consulta, toma de decisiones y terapia incluyendo remisión
2 Influencias y psicología de la prescripción
3 Prescribiendo en el contexto de un equipo
4 Farmacología clínica incluyendo los efectos de co-morbilidad
5 Práctica basada en la evidencia y gestión clínica en relación a la prescripción enfermera
6 Aspectos Legales, politicos y éticos.
7 Responsabilidad pública y profesional.
8 Prescribiendo en el contexto de la salud pública.

Impacta en la mayoría de las restantes áreas y es importante para asegurar que la prescripción por parte de la enfermería es tan segura para el paciente como lo es la prescripción por un médico. Los conocimientos de farmacología son evaluados de modo separado al final del curso de prescripción para enfermería por medio de test de opcions múltiples y preguntas de respuesta corta y no se realiza compensación entre las valoraciones de modo que el estudiante debe superar el examen para obtener la cualificación profesional. Para promover una prescripción segura debemos aconsejar a las enfermeras que no memoricen la suficiente farmacología como para superar el examen sino que asimilen estos conocimientos y sean capaces de integrarlo (tanto vertical como horizontalmente) en su práctica clínica. En este sentido la integración vertical debe definirse como la integración de los principios fundamentales de la farmacología en los tratamientos clínicos mientras que la integración horizontal se refiere a la integración de estos principios en una visión compresiva y holistica del cuidado del paciente.

Mais aló do tema da prescripción

O ministro de sanidade, (ou a persoa que o redactou) atinou de pleno no discurso que impartiu na Universidade de Alacante sobor da enfermería do século XXI como parte importante da equipa humana do SNS que ten se se adaptar para afronta-los novos retos das actuais demandas dos cidadans unha adpatación que xera demandas por parte dos profesionais e precisa adaptacions nos eidos da formación pre e post graduada (impulsadas polo Espazo Europeo de Educación Superior) e continuada e tamén no eido da investigación.

Acta sanitaria colgou o discurso completo (.pdf 101 Kb) do que vos invito a facer unha lectura coa precaución inherente ó período electoral no que nos atopamos mais tamén coa máquina de hipótesis que é a percepción ben disposta para capta-los argumentos expostos que seguirán a ter valor mais aló do 9-M.
Retos:
- el aumento de la esperanza de vida y su efecto sobre la cronificación de algunas enfermedades
- la aparición de nuevas patologías
- la desaparición de obstáculos a la libre circulación de personas
- la facilidad de acceso a la información
- los avances en los medios técnicos utilizados para el diagnóstico y el tratamiento
- aumento de la complejidad de las organizaciones sanitarias
- búsqueda permanente de modelos de financiación, gestión y desarrollo profesional
- Modificación de los valores y las expectativas de los ciudadanos en materia de salud y en la provisión de servicios sanitarios.

Apuesta, desde el Ministerio de Sanidad y Consumo, por la potenciación del trabajo en equipo y el esfuerzo por hacer efectiva la visibilidad de todos los profesionales del Sistema Nacional de Salud.

se pide a estos profesionales que colaboren en la respuesta estratégica a los principales problemas de salud pública y en la atención a personas en situaciones tan diferentes como:
- la dependencia
- enfermedades crónicas y pluripatologías
- problemas de salud mental
- revisiones del niño sano
No campo das especialidades creadas polo RD 450/2005 falou do constituido Consello Nacional de especialidades en Ciencias da Saúde e das Comisions Nacionais de cada especialidade das que dixo:
La rapidez y el rigor de sus trabajos han permitido que alguna Comisión haya presentado un primer borrador de programa formativo de una nueva especialidad, y otras están muy próximas a hacerlo.
Disponer de estos programas, resulta fundamental para resolver las numerosas solicitudes de acceso al título de especialista por la vía excepcional, ya que estos perfilarán las competencias que se deben acreditar.??? (logo, que hai da proba que menciona a disposición transitoria 2ª?)
Desvelou un próximo RD sobre o sistema de formación especializada no que se habilitará a multidisciplinaridade nas unidades docentes e se crearán Unidades de docencia únicas nas que estarán representadas tódalas especialidades dun centro ou unidade docente.

Na hora de falar dos recursos humanos no SNS voltou a gaberse do decreto de recoñecemento da carreira profesional entre os distintos servizos de saude (BOE, .PDF 87 Kb) e da creación do observatorio de carreira profesional... Coido que siguen sin saber que hai profesionais que levan xa mais de un ano sin ver recoñecido o seu grado profesional tras trasladarense por mor da OPEx e co acceso ó seguinte grao bloqueado por mor de trucaxes de almanaque barateiro.

¡¡¡Que doado sería OBRIGAR a incluir o grao de carreira profesional no certificado de haberes que se realiza no momento do traslado!!! e deixarse de lerias e listezas para ver a quen 'pillan' desprevido.

Con esta frase
Los profesionales son elemento fundamental de su estructura (SNS) y en ella, los enfermeros tendrán que asumir nuevas competencias y responsabilidades.
Iniciouse a parte de ampliación de perspectivas profesionais na que, tras pasar de xeito rápido polo tema polémico da orde reguladora da disposición 12ª da "lei do medicamento", abordou o proxecto AP21 para 'pivotar' do hospitalocentrismo a unha atención mais cercana ós cidadans potenciando o papel dos profesionais enfermeir@s...
Muchos de los problemas de salud de la población pueden y deben ser resueltos por los enfermeros compartiendo la puerta de entrada al Sistema.
A moi escasa mención ás situacions de dependencia mais a frase
desarrollando las actividades de atención domiciliaria y la atención a las personas con problemas de dependencia
é indicadora do amplísimo abano de posibilidades da nosa profesión neste eido.

A participación da enfermería nas estratexias nacionais de Diabetes e Cardiopatía isquémica no eido da prenvención e o apoio engadido ós coidadores nas estratexias de saúde mental e coidados paliativos mostran as potencialidades da nosa profesión.

Non quería rematar sen menciona-la participación enfermeira nas actividades de investigación sobre seguridade do doente e de estándares de calidade no SNS (proxecto SENECA).

Bueno, que o tempo é limitado e o coñecemento pouco.

Mais de NMP

Visto que o anterior esforzo resultou de utilidade pois vou seguir, neste caso cunha traducción-resumo da Guidance do DH citado anteriormente que nos situa no alcance e requisitos da NMP no R.U.

MEJORANDO EL ACCESO DE LOS PACIENTES A LAS MEDICINAS

Guia para implementar la prescripción enfermera independiente en el NHS

Definición: Prescripción independiente es la realizada por un experto graduado (doctor, enfermera, farmaceutico) responsable y al cargo de la valoración de pacientes con estados diagnosticados o no y de las decisiones sobre la gestión clinica precisa incluyendo la prescripción.
Esto requiere una valoración inicial, la interpretación de esta valoración , una decisión sobre la terapia apropiada y segura y un proceso de monitorización posterior.
Normalmente la prescripción se lleva a cabo en el contexto de la práctica dentro de equipos multidisciplinarios de asistencia sanitaria y mediante un formulario/registro único y accesible de atención.

Motivos: Es la política del gobierno (británico) extender las responsabilidades de prescripción a profesionales no médicos para:
  • Mejorar la atención al paciente sin comprometer su seguridad
  • Facilitar a los pacientes conseguir los medicamentos que necesitan
  • Aumentar las opciones de los pacientes de acceso a los medicamentos
  • Hacer un mejor uso de las habilidades de los profesionales de salud
  • Contribuir a la introducción de un trabajo en equipo más flexible en el NHS
Quienes: Enfermera Prescriptora independiente; RN de 1º nivel, Matrona o enfermera especialista de comunidada registradas con una "anotación" señalando que esa enfermera ha completado satisfactoriamente un programa convalidado de preparación y entrenamiento para la prescripción independiente de enfermería.

Selección: Es asunto de las organizaciones empleadoras pues están mejor situadas para valorar el servicio local y las necesidades de los pacientes. Todos los individuos seleccionados deberán tener la oportunidad de prescribir en el puesto que ellos ocuparán cuando terminen la formación y este serácon seguridad en el ambito en el que ya acumule una considerable experiencia.
Criterios legales de la eligibilidad para prescribir:
  • Tener titulación de estudios de nivel de grado (nivel 3)
  • Tener al menos 3 años de experiencia clínica desde la colegiación de los cuales el inmediatamente anterior a su incorporación al programa de formación debe ser en el área clínica en la que tenga intención de precribir.
    Debe ser capaz de realizar una valoración comprensiva del estado psicológico y fisiológico del paciente y entender la patología subyacente y el régimen medicamentoso apropiado esto es: * La combinación de experiencia en el problema que está siendo tratado, * La apreciación de las manifestaciones particulares que el paciente hace de él y * los medicamentos que serán efectivos
  • Un médico prescriptor disponible y dispuesto a colaborar y supervisar el programa de entrenamiento elemental de 12 días.
  • El apoyo del empleador que confirme que:
  • Tiene la necesidad y la oportunidad de actuar como prescriptor independiente en cuando sea cualificado
  • Que existe la necesidad para el centro de que prescriba ;los NHS trust y los PCT's decidirán si es una necesidad local para el NHS que el personal acceda a la formación de prescripción , no será posible realizar formación pagada por el NHS salvo que exista un acuerdo previo sobre el área terapeutica en al que se prescribirá.

  • Las enfermeras de atención deberé tener acceso a un presupuesto que afronte los costes de sus prescripciones al terminar el curso
  • .Tener acceso a las oportunidades de desarrollo profesional continuado (CPD) al terminar el curso.
  • Deben trabajar en un marco robusto de gestión clínica. Tendrán apoyo durante su entrenamiento y se les permitirá alguna flexibilidad para el estudio autodirigido.
Priorización: Es posible que varios profesionales en un área cumplan estos criterios. Los tres principios claves de priorización de solicitantes son:
  • Seguridad del paciente
  • Máximo beneficio para los pacientes y el NHS en términos de acceso más rápido y eficiente a los medicamentos.
  • Mejor uso de las habilidades de los profesionales.
Los profesionales deberán entender y aceptar el mayor nivel de responsabilidad clínica asociado con la prescripción.

Prescripción No Médica en el R.U.

La prescripción No Medica (NMP) ha estado a la orden del día en el NHS desde que Cumberlege (1986) y Crown (1989) realizaron los primeros informes que la recomendaron. Al igual que la norma de Práctica Profesional (UKCC, 1992), se trata pues de un campo que se expande y cambia constantemente.

Entre algunas de las particularidades de esta prescripción está la del consentimiento en la que el paciente se dá por informado de que la persona que prescribe no es el médico.


Este articulo del Blog de Nursingtimes sobre la aplicación de la prescripción no médica en cuidados paliativos escrito por Fiona Peniston-Bird Consultora independiente de NMP nos puede ilustrar sobre el grado de 'impregnación' que existe al respecto de este tema en el R.U. y el papel que están tomando los proveedores de atención sanitaria.

Acabo de hacer un taller de prescripción no médico para el personal del centro oncologico Macmillan. Me pidieron hacer el taller para proporcionar información y consejo para aquellos profesionales que trabajan para Macmillan que podría pensar en emprender el entrenamiento de Prescripción No Médica (NMP) y posteriormente un papel de prescripción.
La enfermera de cuidados paliativos que controló el taller conmigo Michele Kent, propuso el estudio de un caso; 'Rachel' - mujer de 42 años con un tumor de origen desconocido que sufre metástasis cerebral y a la que ella visitó durante el fin de semana con la enfermera de distrito.
Rachel se había deteriorado repentinamente después de la radioterapia y Michele tenía algunas decisiones muy importantes que tomar en cuanto a cuidados y prescripción. La respuesta al estudio del caso me recordó las asombrosas habilidades de evaluación que tenemos como enfermeras.
Michele evaluó no solamente la situación presente, sino que pidió a la familia una fotografía reciente de Rachel, y vió el contraste entre cuando la foto fue tomada y la condición actual de Rachel, que era casi Irreconocible. Explicó los motivos para sus decisiones de prescripción, algunas de las cuales fueron discutidas por los asistentes al curso. Michele explicó cada punto, dando los motivos válidos por los que ella escogió cada decisión particular, en última instancia los asistentes estuvieron de acuerdo con que eran opciones validas.
Michele explicó a delegados que ella al principio no había estado dispuesta a emprender el entrenamiento de prescripción, pero que su organización había exigido la prescripción como la parte de su papel. Ahora ella aboga por la prescripción no médica habiendo comprendido sus ventajas para los pacientes, ella misma, la organización ella trabaja para y el Sistema Nacional de Salud; en total: los pacientes tienen el acceso más rápido a medicinas; las crisis pueden ser evitadas; hay por lo general más tiempo para que los oncologos informen y dialoguen con la familia en este caso Rachael pudo quedarse en su lugar preferido de cuidado y murio en casa 2 días más tarde.
Michele tiene un sentido mayor de satisfacción de trabajo y es capaz de dar atención a los episodios completos de cuidado. La capacidad de prescribir es seguramente un desafío, pero también una motivación, y demuestra ser la más beneficiosa en muchas áreas y para muchos pacientes.

Opinión:
Soy especialista de comunidad en cuidados paliativos y realicé el segundo el curso NMP en manchester. He apoyado esta habilidad suplementaria ... en particular en mi campo y pienso que es corto de vista que las enfermeras no lo hagan por los motivos indicados en este artículo. Podemos proporcionar el cuidado en la comunidad, y tenemos mucha más experiencia que el personal más médico. También pasamos mucho más tiempo con nuestros pacientes y familias. ¡¡realmente, sin embargo, pienso que esto es una gran responsabilidad, y deberíamos ser económicamente recompensados para esta calificación suplementaria ...!!


En su página Fiona aporta más información y enlaces a los documentos oficiales que articulan la NMP en el Reino Unido siendo el más interesante la "guidance" de 2006 del ministerio de sanidad britanico (DH).-PDF 280 kb-

Tipos de NMP en el Reino Unido:
  • Precripción suplementaria: Asociación voluntaria entre prescriptor independiente que debe ser un médico o un dentista y prescriptor suplementario, para poner en práctica un plan de gestión clínica de un paciente específico con el consentimiento del mismo. También conocido como V300.
  • Prescripción independiente: Enfermeras y Farmacéuticos que están legalmente cualificados y autorizados para prescribir y tomar la responsabilidad de la evaluación clínica del paciente, estableciendo un diagnóstico y la gestión clínica requerida, así como la responsabilidad de prescribir, y la adecuación de cualquier prescripción.
  • Formulario de prescripción para personal sanitario de la comunidad: Conocido como prescripción de atención comunitaria, es un formulario limitado para personal de atención comunitaria para prescribir por separado cuando hay una necesidad de proveer servicio y han completado la Cualificación de personal especialista /enfermera de Salud pública Especialista de Comunidad . También conocido como V100.