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Las GPC como peritos judiciales

"No vives de tal o cual empresa o servicio de salud; vives de tu título"

Con esta sentencia trataba de ilustrar a los alumnos de enfermería sobre la parte "práctica" de realizar las actividades propias de la profesión con diligencia y pericia.

A buen seguro que a ningún profesional se le escapan las implicaciones que en este plano conllevan los Eventos Adversos (EA) pues es uno de los temores subyacentes que nos impiden hablar de ellos y, por lo tanto, aprender para mejorar.

Cuando un EA es llevado a los tribunales (perdónenme la ignorancia pero me da igual el tipo) la complicada maquinaria jurídica y el complejo mundo de la sanidad muestran una gran superficie de mutuo desconocimiento que se materializa en el uso de terceras personas (sobre cuyo proceso de designación o elección soy ABSOLUTAMENTE lego) para asesorar al tribunal en determinar si las acciones llevadas a cabo por los acusados se ajustan a aquello de la "Lex Artis".

Desde que conozco y reconozco a la "EVIDENCIA" como herramienta de trabajo me preocupa el papel de la misma a la hora de ayudar a la maquinaria judicial a determinar si lo que hacemos 'se ajusta'... a qué? a interpretaciones personales de la práctica? a elucubrar sobre las circunstancias acaecidas, observables y determinantes?

Las Guias de práctica clínica eleboradas con metodología conocida, expuestas a sociedades científicas y al público general y revisadas periódicamente pueden y deben tener un papel importante en esta faceta en la que sanidad y justicia interactuan y creo que la administración puede reconocer en este papel el necesario ROI de lo que se invierta no sólo en la elaboración de las mismas sino en una IMPLEMENTACIÓN y diseminación eficaz de sus recomendaciones.

1 comentario:

  1. Hola a tod@s; como digo en otra entrada el pasado 7 de junio estuve en Madrid en una jornada de SEECIR y en la mesa que tuve el honor de moderar me comentó un ponente que había leido esta entrada y que él era perito enfermero...
    En una conversación posterior me hizo saber que en Madrid eran sólo 12 peritos enfermeros y que dicha cualificación se obtenía con formación validada por la universidad (no recuerdo si curso de experto o máster) luego hay que estar apuntado en una lista del colegio de enfermería y te pueden requerir a instancia del propio juez o "de parte" de modo privado.

    En lo que respecta a la entrada decir que mi principal intención era recalcar que las EVIDENCIAS entendidas como pruebas de cual es la manera correcta de proceder deben jugar su papel en el frente judicial y que esa presencia podría incluso ayudar a que se incorporen en la clínica.... Hasta donde yo sé las GPC se adaptan localmente para ser operativas y en su elaboración se buscan evidencias referidas a pacientes similares a los de su "población diana" pues no tendría lógica lo contrario... de hecho, la GPC de EMI en la que participé se trataba de una adaptación de evidencias y de acciones de las guias NICE y SING a nuestro medio.

    Siento haber tardado en responder...

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