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¿Como se come esto?

Dándole vueltas al contenido del PDF de la resolución 52/2011 del director gerente del servicio navarro de salud - osasunbidea en el que se RESUELVE:
Disponer que el servicio navarro de salud - Osasunbidea no financiará recetas de medicamentos o productos sanitarios dispensados o suministrados a pacientes que no residan en la comunidad foral de Navarra a excepción de pacientes desplazados o transeúntes.
En la exposición de motivos se hace un relatorio de como la "residencia habitual" otorga derecho a la asistencia sanitaria mediante el documento de su correspondiente TIS con lo que se deduce que lo que la resolución pretende es no financiar medicamentos y productos dispensados a portadores de TIS de otras comunidades autónomas (salvo desplazados y transeúntes).

Supongo que el colegio de farmaceúticos recurrirá la medida pues les pone en la tesitura de interrogar a cada portador de TIS 'foránea' sobre su condición de desplazado o transeúnte y documentarlo para poder cobrar dicha dispensación. Y he aquí el quid, creo, de la cuestión; pues considero que dicha "labor" persigue la intención de remitir dicha 'factura' a la comunidad de origen de las TIS en cuestión... Es la única lógica que se me ocurre pues en el fondo TODOS somos transeúntes o desplazados.

Perdónenme los compañeros con más conocimientos sobre esto temas (subinspectores, gestores, etc.) pero es la deducción a la que, modestamente, llego sin salirme de lo que, creo, es la lógica; lo demás sería casi xenofobia o algo así. Seguramente debería profundizar más sobre qué condiciones, requisitos y documentos tienen las situaciones de "desplazado" o "transeúnte" en Navarra; pero tengo cosas más interesantes y productivas para pasar el tiempo.

EDICIÓN: 30/1/2011

La orden ha sido recurrida por el colegio de farmaceúticos de Navarra tras recibir este informe jurídico (PDF via Acta Sanitaria) que me llama la atención porque se escuda en que no pueden preguntarle al ciudadano su domicilio... la orden no dice eso, o así lo entiendo yo; dice que sólo financiará los medicamentos a ciudadanos que tengan TIS de la comunidad foral (que se otorga en virtud de la residencia declarada) y a desplazados y transeuntes. Y es ahí donde "entra en acción" el farmaceútico no para preguntar el domicilio del ciudadano sino para requerirle si puede acreditar su condición de una u otra cosa...

De todos modos, todos tenemos la impresión de que esto o es una cortina de humo o es sólo el inicio de una catarata de medidas para 'poner puertas al mar'...

4 comentarios:

  1. Lo que yo veo/pienso:
    Hacen a los farmacéuticos, como bien dices, juez y juzgador en vez de que lo haga la administración.

    La solución para ese "aprovechamiento" de las farmacias Navarras, es bajo mi ignorancia suma; esos miles de papeles que tienen que rellenar los queridos farmacéuticos que en uno de ello de la opción de poner (jugando con tu comentario,jejeje:
    1)FORAL
    2)Resto de España

    Cuando se marque la opción 2 indiquen de donde viene esa persona y luego pasarle la factura.

    No pueden hacer que un farmacéutico ponerle en un aprieto.

    Un saludo

    PD, que conste que pese a ser CastellanoLeonés, vivo en Navarra desde hace 3 años y mi hijo es de aquí (por lo tanto según las leyes Forales se me considera de pleno ciudadano Navarro Foral) pero hay cositas que de vez en cuando salen que me parecen un tanto.... raras.

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  2. Pues esto lo único que significa es que ahora irá el paciente a la farmacia, le dirán que como la receta es de otra comunidad, no sirve.
    Entonces irán al centro de salud más cercano y pedirán la receta. Y como Dña. Cristina Ibarrola nos recordó que hay que hacer todo lo que los pacientes nos pidan... pues les cambiaremos la receta y San Seacabó...
    Pero vamos, me quedo alucinada...

    Además, eso es legal??? La receta es un documento válido en todo el Sistema Nacional de Salud... a qué viene esta salida de tono??????

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  3. No mamen, no es la receta lo que les piden que miren... es la TIS....

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  4. Ya Xosé, los farmaceúticos mirarán la TIS del paciente... si no es navarro no le descontarán la parte del SNS-O, si la receta procede de un profesional de fuera de la comunidad.
    A desplazados y transeúntes, las cosas de procesos agudos, se las han visto en el sitio en el que compren la medicación habitualmente, con lo que pertenecerá al SNS-O y no habrá problemas.

    Pero es que no sé que van a ahorrar con esta medida...

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